Reforma legislativa: el Gobierno no modifica la Ley de Seguros, pero propone introducir cambios que el mercado seguirá de cerca.

El anteproyecto de ley impulsado por el Poder Ejecutivo no modifica la Ley de Seguros, el régimen de las aseguradoras ni la actividad de los Productores Asesores de Seguros. Sin embargo, propone incorporar reformas en corretaje, mercado de capitales, digitalización de instrumentos financieros y transporte marítimo que podrían generar efectos indirectos sobre la industria.

Por Anibal Cejas

El Seguro quedó fuera del núcleo del extenso anteproyecto de reformas legislativas presentado por el Poder Ejecutivo. Este anteproyecto de Ley de Desregulación, fechado el pasado 6 de julio (al que podrán acceder en el link al final de esta nota), no incorpora modificaciones directas al marco jurídico de la actividad aseguradora.

Del análisis del texto surge que permanecen sin cambios la Ley de Seguros N° 17.418, la Ley de Entidades de Seguros y su Control N° 20.091, el régimen de los Productores Asesores de Seguros (Ley N° 22.400), así como las facultades regulatorias de la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN).

Tampoco aparecen modificaciones vinculadas con el régimen de reaseguros, las aseguradoras de riesgos del trabajo (ART), los seguros de retiro, los seguros obligatorios o las normas sobre reservas técnicas e inversiones de las entidades.

No obstante, el proyecto contiene una serie de reformas que, sin estar dirigidas específicamente al mercado asegurador, podrían tener impacto sobre la actividad.

El corretaje, el punto que seguramente despertará mayor interés

Uno de los capítulos más relevantes es la reforma del régimen general de corretaje.

La iniciativa propone una importante desregulación de la actividad, permitiendo que pueda ser ejercida tanto por personas humanas como jurídicas, reduciendo los requisitos para su ejercicio y habilitando expresamente el desarrollo de operaciones mediante plataformas digitales.

Además, elimina diversas restricciones regulatorias relacionadas con incompatibilidades profesionales, requisitos de residencia y sistemas de aranceles.

Si bien estas modificaciones no alcanzan al Productor Asesor de Seguros, cuya actividad continúa regulada por su legislación específica, el nuevo esquema seguramente será seguido con atención por las entidades representativas del sector, ya que introduce un criterio de mayor apertura para las actividades de intermediación.

Mercado de capitales: un cambio con impacto potencial sobre las inversiones

Otro de los capítulos de mayor trascendencia reforma la Ley de Mercado de Capitales.

El proyecto busca promover un mercado más eficiente, con mayor liquidez, incorporación de nuevas tecnologías, reducción del riesgo sistémico y ampliación del acceso al financiamiento.

Para las compañías de seguros el tema no resulta menor.

Las aseguradoras administran importantes carteras de inversión destinadas a respaldar sus reservas técnicas y obligaciones futuras. En ese contexto, cualquier modificación que amplíe el universo de instrumentos financieros o modernice la operatoria del mercado puede terminar incidiendo sobre la gestión de sus inversiones.

Aunque el proyecto no modifica la normativa de inversiones que regula la SSN, sí redefine el entorno financiero en el cual operan las entidades.

Más digitalización para los instrumentos financieros

El anteproyecto también incorpora modificaciones al Código Civil y Comercial que habilitan una utilización mucho más amplia de títulos valores digitales.

Se prevé la desmaterialización de documentos, la representación electrónica de títulos, el uso de registros distribuidos y nuevas modalidades para la circulación y transferencia de estos instrumentos.

Estas herramientas podrían facilitar el desarrollo de fideicomisos financieros, cesiones de créditos y otras operaciones utilizadas por inversores institucionales, entre ellos las compañías aseguradoras.

Transporte marítimo: posible impulso para determinados ramos

Las modificaciones propuestas para la navegación comercial y el cabotaje también presentan un interés indirecto para el mercado asegurador.

El proyecto mantiene la exigencia de acreditar coberturas de seguros para determinadas operaciones marítimas y flexibiliza diversos aspectos regulatorios de la actividad.

Si esas medidas se traducen en un incremento del movimiento comercial, podrían generar una mayor demanda de seguros vinculados con el transporte marítimo, responsabilidad civil, cascos y seguros de carga.

Lo que no cambia

Más allá de la amplitud del proyecto, el régimen legal del seguro permanece sin modificaciones.

No se introducen cambios en el contrato de seguro, en las obligaciones de las aseguradoras, en la actividad de los Productores Asesores de Seguros ni en las competencias de la Superintendencia de Seguros de la Nación.

En consecuencia, el impacto del anteproyecto sobre la industria aseguradora aparece, al menos en esta etapa, como indirecto.

Un escenario para seguir de cerca

Si bien el proyecto no constituye una reforma del sistema asegurador argentino, sí modifica distintos aspectos del entorno económico y financiero en el que desarrollan su actividad las compañías de seguros.

La evolución parlamentaria del texto y su eventual reglamentación permitirán determinar si algunas de estas reformas terminan generando cambios concretos sobre la operatoria del mercado.

Por el momento, el capítulo que concentra la mayor atención para el sector es la desregulación del corretaje, mientras que las reformas del mercado de capitales y la digitalización de instrumentos financieros podrían abrir nuevas oportunidades para las inversiones de las aseguradoras en un contexto de mayor modernización del sistema financiero.

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